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Condenado un conductor al que la Guardia Civil sorprendió circulando a 218 km/h por la A-66

 

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  • Se trata de un hombre, de 26 años de edad, a quien la Guardia Civil puso a disposición judicial como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial
  • Circulaba por la Autovía A-66 superando en más de 80 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida reglamentariamente

02 de julio de 2021. Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Subsector de Tráfico de Cáceres, identificaron el pasado día 25 de junio, al conductor de un turismo cuando circulaba a una velocidad de 218 km/h, en la carretera A-66, en un tramo donde la velocidad máxima permitida es la de 120 km/h. Tras ser investigado como supuesto a autor de un delito contra la seguridad vial, ha sido juzgado en juicio rápido y condenado por estos hechos a la pena de 6 meses de multa, la suspensión del permiso de conducir y al pago de las costas procesales.

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Dentro de la constante vigilancia que la Guardia Civil ejerce para prevenir la comisión de infracciones y delitos contra la seguridad vial, en la realización de un control combinado de velocidad, drogas, alcohol y tráfico ilícito de vehículos, el pasado día 25 de junio, se detectó un vehículo que circulaba con sentido decreciente por la carretera A-66 (PK 589), a la altura del término municipal de Alcuéscar (Cáceres), a una velocidad de 218 km/h.

El conductor, un varón de 26 años de edad y nacionalidad española, fue investigado y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de Guardia de Cáceres, por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial, consistente en circular superando en más de 80 kilómetros por hora la velocidad máxima permitida reglamentariamente, siendo juzgado en juicio rápido y condenado por los hechos relatados a una multa de seis meses, a razón de 4 € diarios, 10 meses de suspensión de su permiso de conducir y al pago de las costas del juicio.

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La Guardia Civil quiere concienciar, una vez más, a los ciudadanos en general y a los usuarios de las carreteras en particular, del peligro que generan este tipo de conductas tratándose, además, de un delito expresamente recogido y penado en nuestro Código Penal.


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