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La Audiencia de Cáceres confirma la prisión provisional de los dos detenidos por el robo de las botellas de vino de Atrio

La Audiencia Provincial de Cáceres ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por los dos presuntos autores del robo de las 45 botellas de vino del restaurante Atrio y confirma así los dos autos del 19 de agosto del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cáceres por los que se deniega la libertad provisional de los recurrentes, manteniéndose en la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza. 

La Sala, tras la celebración de la vista el pasado día 7, ha decidido ratificar los autos de prisión en base a la existencia riesgo de fuga, a la existencia de indicios racionales de criminalidad, así como la reiteración delictiva en el caso del hombre y la posible colaboración en alguno de esos delitos de su pareja. 

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En cuanto al riesgo de fuga la Audiencia Provincial en su fundamentación señala a que “no está acreditado el arraigo que dicen tener”, tienen “una destacada movilidad” y las circunstancias en las que fueron detenidos tras dictarse una Orden Europea de Detención y Entrega al encontrarse en paradero desconocido. 

Con respecto a los indicios racionales de criminalidad, la Sala recuerda que no es el momento de pronunciarse sobre los hechos en concreto ni sobre la responsabilidad que pudiera corresponder a los apelantes, sino de constatar indicios que pudieran apuntar a la comisión de uno o varios delitos y del resultado de las diligencias practicadas hasta el momento, como señala la instructora, “revelan conjunción de indicios plurales suficientes” frente a los investigados. 

En lo que respecta al riesgo de reiteración delictiva, en el historial penal del hombre constan once condenas por delitos contra el patrimonio, violencia doméstica, quebrantamiento de condena y lesiones, las más recientes por hurto. 

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En el caso de la mujer carece de antecedentes penales, pero la implicación de su pareja en hechos análogos apunta “a la posible colaboración entre ambos”.

En el caso de la mujer la defensa alega además a la dolencia que padece la recurrente para su puesta en libertad. En este sentido el pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Cáceres ha sido que el informe emitido por los servicios sanitarios de la penitenciaría revela que “esta no padece enfermedades significativas”, que no toma medicación y que sólo ha presentado algunas molestias leves que han sido debidamente tratadas, por lo que no procede su puesta en libertad. 

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Por todo ello se desestima el recurso de apelación interpuesto por la defensa de los detenidos confirmando su situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza. 

Cabe recordar que la causa que instruye el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Cáceres se sigue contra los dos investigados por un delito de robo con fuerza en establecimiento abierto al público con la posible concurrencia de dos agravantes específicas: el elevado valor económico y el valor cultural y artístico de lo sustraído. 

Los presuntos autores fueron arrestados en Croacia durante una operación policial internacional tras emitir la Orden Europea de Detención y Entrega el juzgado instructor.


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