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La Junta de Extremadura establece medidas extraordinarias en materia de ayudas del ámbito del comercio y la investigación

El Diario Oficial de Extremadura ha publicado hoy una orden de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital, por la que se establecen reglas para efectuar modificaciones en el cumplimiento y acreditación de requisitos y condiciones por parte de los beneficiarios de las subvenciones del ámbito de la Secretaría General de Economía y Comercio y de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología, Innovación y Universidad, cuya ejecución y justificación pueda resultar imposible o no pueda llevarse a cabo en sus propios términos a consecuencia de la emergencia sanitaria causada por el COVID-19 y el estado de alarma declarado.

En cuanto a las reglas relativas a las ayudas concedidas al amparo de los Decretos 40/2016 y 113/2017, por los que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental incluyen la prórroga en la ejecución de los proyectos por el mismo periodo de duración del estado de alarma, más un mes, ampliándose igualmente el plazo máximo de ejecución. Igualmente, se concederá la misma ampliación de plazo para la ejecución parcial de los proyectos.

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Igualmente establece la orden publicada hoy en el DOE que las empresas podrán cancelar las pólizas, préstamos o avales bancarios que hubiesen concertado para cumplir el requisito de viabilidad económica del proyecto. Tal cancelación no será considerada incumplimiento.

Por otra parte, no se computará el periodo de alarma a efectos del cumplimiento de los requerimientos de contratación de personal con cargo al proyecto, siempre que se acuda a ERTE; y se elimina el plazo de 24 meses desde la notificación de la resolución de concesión para el pago del 40% restante de la subvención.

La orden de la Consejería de Economía, Ciencia y Agenda Digital entra en vigor hoy, mientras que os efectos de la misma se retrotraen a la fecha de declaración del estado de alarma.

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