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La Junta publica la orden de ayudas a la reestructuración y reconversión del viñedo en Extremadura

La Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio publica este martes en el Diario Oficial de Extremadura (DOE) la orden que establece y regula las ayudas para la reestructuración y reconversión del viñedo en la comunidad.

Estas subvenciones van dirigidas a estimular la modernización y mejora de las técnicas de explotaciones vitícolas, así como la adaptación al mercado de las producciones en la región, y se enmarcan en las acciones del programa de apoyo al sector vitivinícola español 2019-2023.

El objetivo fundamental de esta medida es mejorar la renta de las explotaciones y contribuir con ello a fijar población en el mundo rural a través del mantenimiento de una actividad agrícola tradicional.

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Según recoge el DOE, la orden se aplicará a los viñedos que se destinen a la producción de uva para vinificación y para las siguientes actividades: reconversión varietal, reimplantación de viñedos y mejora de las técnicas de gestión (cambio de vaso a espaldera y transformación de vaso, en el caso que la planta tenga un mínimo de tres años).  

Podrán beneficiarse de estas ayudas las viticultoras y viticultores, ya sean personas físicas o jurídicas, que no se hallen incursas en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de Extremadura, y cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación.

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TITULARIDAD COMPARTIDA Y JÓVENES

Las solicitudes contendrán las correspondientes operaciones a realizar, el detalle de cada una de ellas y el calendario de ejecución previsto. También podrán contener operaciones anuales y/o bienales,  sin que en ningún caso se extiendan más allá del horizonte de 2023.

Desde este miércoles pueden presentarse de forma individual o colectiva las solicitudes en cualquier registro oficial y a través de la plataforma digital de Agricultura Arado (https://arado.juntaex.es/laboreo).

La superficie total a reestructurar o reconvertir deberá ser de, al menos, 0,5 hectáreas y la máxima de 25 hectáreas por persona solicitante y año. En esta convocatoria se priman con 5 puntos de valoración las explotaciones de titularidad compartida y las gestionadas por jóvenes.

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La cuantía a subvencionar no podrá superar el 75 por ciento de los importes definidos en el anexo de la orden publicada, y serán financiadas en su totalidad con el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).

Las solicitudes se remitirán al Servicio de Ayudas Sectoriales de la Dirección General de Agricultura y Ganadería, órgano encargado de gestionar estas ayudas.


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