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El Ayuntamiento recuerda el plazo de inscripción en el censo electoral para poder votar en las próximas elecciones

El próximo 28 de mayo se celebran las elecciones municipales y todas las personas mayores de 18 años tienen derecho a votar. Para ello, es indispensable formar parte del censo electoral.

Los ciudadanos y ciudadanas extranjeras, así como las españolas que hayan ejercido el derecho al voto con anterioridad no necesitan realizar ningún trámite. En fechas próximas a las elecciones, se recibirá por correo postal una tarjeta de la Oficina del Censo Electoral en la que se informa del colegio electoral en el que les corresponde votar.

En el caso de ser ciudadano extranjero, residente en la Unión Europea, y nunca haber ejercido el derecho a voto, es imprescindible la inscripción en el censo electoral manifestando la voluntad de ejercer el derecho al voto antes del 30 de enero.

Uno de los requisitos indispensables es la inscripción en el padrón municipal que puede realizarse de formas. A través de la sede electrónica del Ayuntamiento a través del siguiente enlace:  https://sede.caceres.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=CATALOGO. Para ello se deberá rellenar el formulario y enviarlo cumplimentado y firmado con la documentación que se exige. Este trámite puede realizarse de forma presencial en el registro del Ayuntamiento.

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Una vez realizado el trámite el ciudadano debe manifestar la voluntad de voto. Para ello existen tres vías a disposición.

A través de internet accediendo a la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística a través del siguiente enlace: https://sede.ine.gob.es/manifestacionVotoPermanente/presentacion o también si se ha recibido una comunicación postal donde aparece un código CTT (Consulta de clave de Tramitación Telemática) accediendo a través de la siguiente dirección,  https://sede.ine.gob.es/manifestacionVotoUECTT/presentacion

También se puede realizar por correo postal. Para ello se deberá cumplimentar la declaración formal, firmarla y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral.

Y por último en el Ayuntamiento de Cáceres mediante la cumplimentación del impreso de declaración formal de manifestación de voluntad de votar en España.

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En el caso de los ciudadanos procedentes de países extracomunitarios con acuerdos (Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú, Reino Unido, Trinidad y Tobago), que deseen manifestar su derecho al voto, el plazo de presentación termina el próximo 15 de enero.

Para poder realizar el trámite es necesario estar inscrito en el padrón de habitantes, de la misma forma indicada para los residentes en la UE, estar en posesión de la autorización de residencia en España y haber residido legalmente y de manera ininterrumpida en el territorio español al menos los 5 años anteriores a la solicitud de inscripción en el censo para todos los países de la lista, excepto en el caso Reino Unido que son 3 años.

En el caso de la ciudadanía nacional de Noruega, necesitan haber residido legalmente y de manera ininterrumpida en el territorio español al menos 3 años en el día de la votación.

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Para todas aquellas personas que pertenezcan a algunos de estos países extracomunitarios las solicitudes de inscripción en el censo podrán realizarla por dos vías de comunicación:

Por internet: accediendo al trámite ‘Manifestación de la intención de ejercer en España el derecho de sufragio activo en las elecciones municipales por los electores del CERE (Censo de Extranjeros Residentes en España) nacionales de países’, a través del siguiente enlace del Instituto Nacional de Estadística https://sede.ine.gob.es/ss/Satellite?c=SETramite_C&cid=1254735090612&lang=es_ES&p=1254734719739&pagename=SedeElectronica%2FSELayout.

Aquellas personas interesadas podrán presentar en el Ayuntamiento de Cáceres la solicitud identificándose con su tarjeta de identidad de extranjero, adjuntando fotocopia de la misma. Además, el tiempo de residencia legal en España se podrá justificar con la tarjeta de identidad de extranjero de residente de larga duración, si se dispone de ella.


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