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La Junta cambia la Ley de Vivienda para regular un impuesto a inmuebles vacíos y proteger a menores frente a desalojos

MÉRIDA, 6 (EUROPA PRESS)

La Junta de Extremadura ha registrado en la Asamblea una modificación de la actual Ley de Vivienda, que data de 2019, para introducir fundamentalmente una regulación de un impuesto a grandes tenedores de inmuebles vacíos (más de cinco durante un periodo de tiempo acumulado de más de un año), para crear un fondo de garantía para el acceso de jóvenes a la compra de viviendas, y para articular un mecanismo de protección frente a los desalojos en los que haya menores en el domicilio.

La modificación de la norma ha sido registrada este lunes en la Cámara autonómica para su inicio de tramitación parlamentaria por parte del portavoz de la Junta, Juan Antonio González, y la consejera de Movilidad, Transporte y Vivienda, Leire Iglesias, quien ha recalcado que el Ejecutivo extremeño afronta el debate en la Asamblea de los cambios que propone “siempre con el ánimo de escuchar” las aportaciones de los grupos parlamentarios y de “mejorar” el texto ahora registrado.

Así, el impuesto a las viviendas vacías estaba incorporado a la Ley 11/2019 actualmente en vigor, pero no se podía aplicar porque requería parte de un desarrollo reglamentario que implicaba un carácter de ley y que ahora con la modificación de la norma se introduce, de tal forma que lo que se aplica con el cambio propuesto es un impuesto a los grandes tenedores de viviendas, personas jurídicas, sociedades y fondos de inversión que tengan más de cinco viviendas vacías durante un periodo de tiempo acumulado de más de un año.

“Entendemos que una de las formas de controlar el precio del alquiler es mejorar la oferta y no permitir que haya grandes sociedades que acumulen viviendas desocupadas y que con eso procuren que no haya oferta suficiente en la región”, ha espetado la consejera, quien ha afirmado que en Extremadura no existe un “problema” de número de unidades inmobiliarias “pero sin embargo sí podemos tener un problema de oferta lanzada al mercado que alivie los precios del alquiler de la vivienda”.

En cuanto al importe del impuesto, Leire Iglesias ha explicado que dependerá de la superficie y será “progresivo”, de tal modo que “a partir de 500 metros cuadrados de superficie desde 7,5 euros hasta 22,5 euros el metro cuadrado en función de la disponibilidad de superficie de vivienda vacía”. “Cuando tienes más de 4.000 metros cuadrados pues se aplica el máximo tributo y cuando tienes menos superficie disponible hay menos tributo”, ha añadido la consejera.

Al respecto, ha añadido que –según el rastreo realizado por la Junta– hay cerca de 40 ó 50 sociedades en Extremadura susceptibles de tener que aportar el tributo por acumular inmuebles, y a partir de la entrada en vigor de la norma habrá que cotejar y contrastar la situación para aplicar entonces un procedimiento de autoliquidación “muy similar” al que ya aplican otras comunidades como Valencia o Cataluña.

FONDO DE GARANTÍA

Asimismo, con la modificación de la norma que plantea la Junta se crea el Fondo de Garantía como “instrumento para facilitar el acceso a la compra, especialmente a la población joven”, de tal modo que la Administración se convertirá –mediante la regulación por ley– en “avalistas y garantes de la parte de la financiación del acceso al crédito que no pueden disponer las personas jóvenes”.

En este punto, Iglesias ha destacado que si bien los datos de empleo en la región y de empleo joven “van mejorando”, y “especialmente” en lo que tienen que ver con los contratos indefinidos, “todavía no hay suficiente población con capacidad de ahorro para comprar una vivienda”.

Sobre el aval a los jóvenes, ha recordado que hay una limitación en la concesión de préstamos de hasta un 80 por ciento y, por tanto, un 20 por ciento que no está financiado y, aunque la modificación de la ley que propone la Junta se limita a recoger la creación del fondo y no establece en este momento el porcentaje, la voluntad del Ejecutivo autonómico es “como mínimo alcanzar hasta un 15 por ciento” de la cantidad no financiada.

PROTECCIÓN DE LOS MENORES

De igual modo, como aspecto “muy novedoso” porque no existe un marco comparativo al respecto en otras partes de España, con la modificación de la Ley de Vivienda que pretende la Junta se crea un mecanismo de protección frente a los desahucios en los que participen personas menores de edad, atendiendo a la Ley de Protección del Menor y la Infancia.

“El hecho de ser lanzado de una vivienda por cuestiones forzosas es un acto muy violento que padece el conjunto de la familia pero que especialmente padece la población más joven, en este caso la infancia”, ha espetado.

Con ello, la Junta crea un mecanismo de protección en el que cuando se produzca la pérdida de la vivienda “antes de tener que acudir a la vía de la fuerza la Administración responda con cualquier instrumento a su mano, bien sea adquisición de inmueble, subvenciones, adjudicación directa de una vivienda, para evitar que las personas menores tengan que sufrir una situación de esas características, especialmente en un tiempo en el que en un futuro se suspenderán las limitaciones de los desahucios que hay ahora mismo en vigor y para prevenir que se puedan producir unas circunstancias de esas características”.

HACINAMIENTO

Por otra parte, preguntada sobre la solución habitacional en caso de hacinamiento a la que se refiere la Ley de Vivienda, la consejera ha indicado que se trata de otra cuestión que no tiene nada que ver con el Fondo de Garantía y que se regula en la ley, que hablaba de dos situaciones que se producen del mal uso de la vivienda (aparte de las vacías), como la infravivienda y el hacinamiento.

“Lo que hacemos es desarrollar normativamente mejor las cuestiones relacionadas con el hacinamiento para en el caso en que se produzcan ese tipo de situaciones y se produzcan situaciones de falta de convivencia, problemas de convivencia derivados de esos hacinamientos los ayuntamientos puedan intervenir y la Junta respaldarlo”, ha explicado Leire Iglesias.

Redacción

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