La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJ de Extremadura ha condenado al Servicio Extremeño de Salud a indemnizar con 22.000 euros a un paciente por el retraso de dos años y siete meses de una intervención quirúrgica en el fémur.
La Sala eleva así la cuantía de 15.000 euros inicialmente fijada por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo 1 de Cáceres. Por un lado, 2.500 euros al apreciar la relación de causalidad entre el retraso en la intervención y el cuadro ansioso depresivo, cuyas manifestaciones más importantes surgen precisamente en el periodo de espera, y otros 4.500 euros al concluir que el retraso fue dos años y siete meses en lugar de los dos años estimados en primera instancia.
La Sala expresa en su sentencia “la excesiva dilación en la espera para la intervención quirúrgica derivada de la inadecuada gestión de las listas de espera y, consiguientemente, del anómalo funcionamiento del servicio público sanitario, convierte en antijurídico el daño sufrido por el paciente, ya que no tenía el deber jurídico de soportar dicha espera, y, a la vez, demuestra la concurrencia del presupuesto de la relación causal entre el citado funcionamiento del servicio público y el mencionado daño”.
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