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Acuerdos del Consejo de Gobierno

ACUERDOS

 

PRESIDENCIA DE LA JUNTA DE EXTREMADURA

 

Decreto por el que se regula la expedición de certificados de personas extremeñas retornadas y personas extremeñas en el exterior

El Consejo de Gobierno ha aprobado el decreto por el que  se regula  la expedición del certificado de persona extremeña en el exterior y el certificado de persona extremeña retornada como documentos que faciliten el acceso y la tramitación a determinadas prestaciones y servicios de la Junta de Extremadura.

Según el decreto, basado en la legislación relativa al Estatuto de los Extremeños en el Exterior, se consideran personas extremeñas en el exterior, por un lado, a los extremeños que residan temporalmente fuera de Extremadura y que tengan su vecindad administrativa en cualquiera de los municipios de Extremadura, así como a los extremeños residentes en el extranjero que determinen como municipio de inscripción en las oficinas o secciones consulares españolas cualquiera de los municipios de Extremadura que conserven y no hayan perdido o renunciado a la nacionalidad española y también a las personas nacidas en Extremadura que residan fuera de su territorio, y sus familiares, entendiendo por tales el cónyuge no separado legalmente o pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal y los descendientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad, y que tengan nacionalidad española.

Además, este decreto determina que tienen la consideración de personas extremeñas retornadas, los/as extremeños/as en el exterior que regresen a Extremadura para residir de manera estable, según se establece  en el Estatuto de los Extremeños en el Exterior.

El decreto aprobado por el Consejo de Gobierno especifica igualmente los requisitos necesarios para obtener los certificados de persona extremeña en el exterior y persona extremeña retornada. En el primero de los casos, para obtener el certificado de persona extremeña en el exterior, los solicitantes deberán encontrarse en alguna de las situaciones incluidas en la consideración de extremeños residentes en el exterior; mientras que para obtener el certificado de persona extremeña retornada será necesario haber residido fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura un periodo mínimo de un año y no haber transcurrido más de dos años desde su retorno definitivo a Extremadura.

El certificado de persona extremeña en el exterior es un documento que acredita la fecha de inicio de la residencia fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura por parte de la persona que lo solicita. En él se hará constar, además, el motivo indicado en la solicitud.

Por lo que respecta al certificado de persona extremeña retornada es un documento que acredita que un/a extremeño/a en el exterior ha regresado a Extremadura con la intención de residir de manera estable. En este caso, en el certificado constará el municipio o municipios en los que el/la interesado/a ha residido, el período de residencia y la fecha de empadronamiento en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.  El certificado de persona extremeña retornada perderá su validez una vez transcurrido dos años desde el retorno, al extinguirse en este plazo la condición de emigrante retornado.

 

VICEPRESIDENCIA PRIMERA Y CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

Decreto por el que se regula la carrera profesional y la evaluación del desempeño de los empleados públicos

El Consejo de Gobierno aprobó el decreto por el que se regula la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño de los empleados públicos que prestan sus servicios en la Administración General de la Comunidad Autónoma.

Con la aprobación de este decreto se pretende dar un paso significativo en el desarrollo normativo de la Ley de Función Pública de Extremadura, en materias tan estratégicas para la gestión de los recursos humanos como la carrera profesional horizontal y la evaluación del desempeño, sustituyendo el binomio “antigüedad igual a carrera” hasta ahora vigente y que ha desvirtuado a esta última, al asimilarla casi a la figura de los trienios.

Tanto el Estatuto Básico del Empleado Público como la Ley de Función Pública de Extremadura instauran un sistema de promoción profesional de los empleados y empleadas públicos donde ya no es necesario el cambio de grupo o subgrupo o el cambio de puestos de trabajo mejor retribuidos para acceder a la misma.

La carrera profesional horizontal supone de hecho una modalidad de promoción profesional que no implica el cambio del puesto de trabajo, teniendo por objeto profundizar en la experiencia y los conocimientos, en busca de la calidad y excelencia en el desempeño del puesto, valorando e incentivando la trayectoria y la conducta profesional, tendentes a la mejora de la calidad de los servicios públicos que se prestan.

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La evaluación del desempeño, por su parte, no sólo constituye una pieza básica y fundamental de la carrera profesional horizontal, sino que se configura como una herramienta estratégica para evolucionar hacia una Administración Pública más profesional, más competitiva y más exigente.

La evaluación del desempeño se basa en dos áreas de valoración, el rendimiento profesional y la conducta profesional, pretendiéndose la implicación del personal empleado público en la consecución, tanto de los objetivos estratégicos de la organización como de las unidades o centros de trabajo donde se hallan adscritos.

También se pone el énfasis en la iniciativa, el compromiso, la capacidad de incidir en el clima laboral y en el uso eficiente de los recursos laborales y del tiempo de trabajo.

Esta nueva norma será de aplicación al personal funcionario de carrera de la Administración General de la Junta de Extremadura, sus organismos públicos y demás entidades de derecho público con personalidad jurídica propia vinculada o dependiente de la misma, reconociéndose el derecho a la promoción profesional a través de la carrera profesional horizontal.

Además, se reconoce el derecho a la percepción de la retribución correspondiente al complemento de carrera profesional horizontal, y por tanto queda incluido dentro del ámbito de aplicación de esta norma, el personal funcionario interino de la Junta de Extremadura.

La regulación contenida en el decreto será aplicable al personal laboral al servicio de la Junta de Extremadura incluido dentro del ámbito de aplicación del V Convenio Colectivo, conforme a lo dispuesto en el mismo.

 

VICEPRESIDENCIA SEGUNDA Y CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES

 

Contratación de suministros para el Banco de Sangre de Extremadura

El Consejo de Gobierno ha autorizado al Servicio Extremeño de Salud para la contratación del suministro de bolsas de extracción y transferencia de sangre y sistemas sellados para el Banco Regional de Sangre de Extremadura, por un importe de 2.360.468 euros.

El objeto del contrato es la adquisición de bolsas de extracción y transferencia de sangre, bolsas con solución aditiva para conservación de plaquetas, sistemas de cuchillas y selladores tubulares, equipos desechables para la inactivación viral y bolsas de transferencia para la distribución pediátrica.

Convenio con el Instituto de Salud Carlos III

El Consejo de Gobierno ha autorizado la firma de un convenio entre el Servicio Extremeño de Salud (SES) y el Instituto de Salud Carlos III para el mantenimiento del Centro Español para los Cuidados de Salud basados en la Evidencia, por un importe de 32.000 euros en el período 2021-24, a razón de 8.000 euros anuales.

La finalidad del citado centro es promocionar y apoyar las prácticas clínicas en enfermería basadas en la evidencia y desarrollar una estrategia de fomento y coordinación de la investigación en enfermería a nivel nacional.

El valor del convenio se basa en la colaboración de las comunidades autónomas para conseguir la mejor práctica de enfermería posible y homogeneizarla a nivel estatal, coordinándose entre sí en un proyecto común que redunde en una mayor cohesión del Sistema Nacional de Salud y una mayor calidad en la atención al paciente.

Diseño y desarrollo de un sistema de prescripción personalizada validado en condiciones clínicas reales

El Ejecutivo ha autorizado al Servicio Extremeño de Salud para contratar el servicio de “Diseño y desarrollo de un sistema de prescripción personalizada validado en condiciones clínicas reales”, en el marco del Proyecto Medea, por un importe de 3.988.924,10 euros.

El SES precisa el desarrollo de actividades de I+D e innovación en diversas tecnologías que le proporcionen una solución tecnológica innovadora para la implementación clínica de la medicina personalizada de precisión (MPP) y su posterior despliegue.

Asimismo, desarrollar un sistema de apoyo que, tomando información de varias bases de datos, permita al SES disponer de un método de prescripción factible con la consulta en tiempo real.

 

CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO RURAL, POBLACIÓN Y TERRITORIO

 

Autorización para contratar dos aviones para la lucha contra incendios forestales

El Ejecutivo ha autorizado la contratación de los servicios de dos aviones anfibios para la lucha contra incendios forestales  durante los años 2022 y 2023.

Se trata de dos aeronaves de ala fija capaz de transportar un mínimo de 3.000 litros de agua a largas distancias y con la posibilidad de realizar descargas de agua con retardante, y con disponibilidad de flotadores para actuar como hidroaviones y llenar los depósitos de agua en algunos de los embalses distribuidos por la geografía extremeña.

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Además de los aviones, el contrato contempla lo necesario para su explotación: organización operadora, capacidad de mantenimiento, flota de reemplazo en caso de necesidad y provisión de combustible, todo ello con vistas a reforzar el dispositivo en la época de peligro alto de incendios forestales. Las aeronaves se pondrán a disposición del dispositivo del Plan INFOEX.

La Consejería cuenta con un presupuesto 2.034.418,32 euros para contratar este servicio.

 

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, CIENCIA Y AGENDA DIGITAL

Cambio de denominación de la Escuela Internacional de Posgrado y de la Facultad de Educación

El Consejo de Gobierno ha aprobado dos acuerdos por los que se modifica la denominación de la Escuela Internacional de Posgrado, que pasa a llamarse Escuela Internacional de Doctorado, y de la Facultad de Educación, cuyo nombre será Facultad de Educación y Psicología.

Ambas decisiones se adoptan tras sendas solicitudes de la Universidad de Extremadura, oído el Claustro Universitario y previo informe del Consejo Social de la Universidad de Extremadura. 

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO

Decreto para regular la admisión de alumnado en los centros docentes extremeños

El Gobierno regional ha aprobado un nuevo decreto por el que se regula el procedimiento de admisión del alumnado de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato en centros docentes sostenidos con fondos públicos en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

La normativa básica que regula los procedimientos de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados ha sido modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, introduciendo cambios, entre otros, en relación con los principios y criterios reguladores de la admisión del alumnado en los centros educativos sostenidos con fondos públicos.

También se modifican las competencias de los consejos escolares para decidir sobre la admisión del alumnado y los criterios de admisión han sido adaptados para valorar la renta familiar en términos que recogen su valor per cápita, la atención a las personas con discapacidad, las familias numerosas y/o monoparentales, el alumnado nacido de parto múltiple, la situación de acogimiento, la condición de víctima de violencia de género o de terrorismo y promover la conciliación de la vida familiar.

Además, se atiende a necesidades de escolarización inmediata derivadas de determinadas situaciones personales o familiares de especial urgencia y carácter poco previsible. De igual forma, se incluye como novedad la creación de listas de espera y la baremación para todos los centros solicitados, según la puntuación total obtenida por la aplicación de los criterios de admisión establecidos en este decreto.

Dado el contexto de dispersión normativa, se hace necesario unificar la existente, al tiempo que se actualizan los criterios en la admisión del alumnado y se dota de mayor eficacia a los procedimientos con arreglo a la experiencia acumulada y la evolución de las circunstancias sociales. 

La necesidad de profundizar en la equidad y la calidad educativa, en particular del alumnado especialmente vulnerable; la continuidad y la compatibilidad o simultaneidad de estudios; la inclusión de las modificaciones legislativas en materia de educación, de protección a la infancia y a la adolescencia y de procedimiento administrativo, justifican una síntesis de la normativa que mejore, actualice y simplifique los procesos de admisión del alumnado en los centros

Asimismo, se tiene en cuenta la necesidad de incorporar la previsión de la tramitación telemática en las diferentes fases del procedimiento de escolarización, adecuándose a la nueva normalidad en la que se sitúa la sociedad actual.

Este decreto supone la modificación de su objeto, puesto que se incorpora la escolarización del primer ciclo de educación infantil, tanto en los casos en los que se produzca en centros públicos que imparten la educación primaria como en las escuelas infantiles. Con esta medida se unifican los criterios y procedimientos de admisión.

 

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA

 

Convocatoria de subvenciones del programa de ayuda a los jóvenes, incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-21

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de las subvenciones destinadas a financiar el programa de ayuda a los jóvenes, en su modalidad de ayuda para la adquisición de vivienda habitual y permanente localizada en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño.

El importe total del crédito previsto para este programa, incluido en el Real Decreto por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-21, es de 4.100.000 euros para el ejercicio de 2021.

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Podrán optar a esta convocatoria las personas físicas que adquieran una vivienda construida o en construcción, localizada en un municipio de pequeño tamaño, cuyo precio de compra -excluidos los gastos y tributos inherentes a la adquisición- sea igual o inferior a 100.000 euros.

De acuerdo con la convocatoria, se entenderá por municipios de pequeño tamaño los que tengan una población residente inferior a los 5.000 habitantes, de los cuales, la mayoría se encuentren integrados en el medio rural.       

Por otro lado, se considerarán núcleos de población de pequeño tamaño los entes de ámbito territorial inferior al municipio, y otras formas de organización desconcentrada (caseríos, concejos, parroquias, aldeas, pedanías, lugares anejos y otros análogos) que cuenten con una población residente inferior a los 5.000 habitantes, de los cuales, la mayoría se encuentren integrados en el medio rural aun cuando aquellos formen parte de municipios que posean una población residente superior a los 5.000 habitantes.

Los posibles beneficiarios deberán ser mayores de edad y tener menos de treinta y cinco años en el momento de solicitar la ayuda, y ocupar la vivienda y destinarla a residencia habitual y permanente.

Los ingresos anuales de los solicitantes deberán ser iguales o inferiores a 3 veces el IPREM; 4 veces el IPREM si se trata de una familia numerosa de categoría general o de personas con discapacidad; o bien 5 veces el IPREM cuando se trate de familias numerosas de categoría especial o de personas con discapacidad de alguno de los tipos que se indican en la resolución de convocatoria.    

Por otro lado, si se trata de una vivienda en construcción, ésta deberá haberse iniciado a la fecha de la solicitud de subvención, según el certificado de inicio de obra suscrito por técnico competente.

Además, los solicitantes no podrán ser titulares o cotitulares del 100% del pleno dominio o del usufructo de alguna vivienda en España, salvo las excepciones que se indican en la resolución.

La cuantía de la ayuda será de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20 por ciento del precio de adquisición, excluidos los gastos y tributos inherentes a ésta.

En el supuesto de adquisición de la propiedad de una vivienda por más de una persona, el importe de la ayuda se determinará aplicando el porcentaje de cuota adquirida por cada parte.

 

Convocatoria de las ayudas del programa de alquiler destinado a personas especialmente vulnerables, incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-21

El Consejo de Gobierno ha autorizado la convocatoria de ayudas del programa de alquiler destinado a personas especialmente vulnerables, incluido en el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021, por un importe de 2 millones de euros para la anualidad de 2021.

Esta línea de ayudas está dirigida a las personas víctimas de violencia de género, personas objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables, y tiene como objetivo facilitar una solución habitacional inmediata a esos colectivos.

Entre los requisitos para obtener la condición de persona beneficiaria se incluye que la suma de los ingresos anuales sean inferiores a 2 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), referido a 14 pagas.

Además, se establece como requisito que alguna de las personas integrantes del núcleo de convivencia sea titular, en calidad de arrendataria, de un contrato de arrendamiento de una vivienda en la Comunidad Autónoma de Extremadura, y que esa vivienda constituya la residencia habitual y permanente de las personas integrantes del núcleo de convivencia y sea destinada a este fin durante todo el periodo de alquiler subvencionado

 Por otra parte, ninguna de las personas integrantes del núcleo de convivencia podrá ser titular de un contrato de arrendamiento de una vivienda de promoción pública, formalizado con la Junta de Extremadura, y tampoco podrán ser propietarias o usufructuarias de alguna vivienda en España que puedan ocupar y sea compatible con su condición de persona especialmente vulnerable.

La cuantía de la ayuda será el 90% del importe mensual de la renta que figure en el contrato, con un límite máximo de 260 euros y por un plazo máximo de 12 meses. El plazo máximo de renta subvencionable comprenderá las doce mensualidades de la anualidad 2021.

El abono de la ayuda se hará mediante pago único y anticipado, una vez concedida la subvención.


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