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La Guardia Civil sorprende al conductor de un vehículo que circulaba a 218 km/h quien, además, dio positivo en el test de drogas

 

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  • Se trata de un hombre, de 46 años de edad, que ha sido investigado como supuesto autor de un delito contra la seguridad vial, al circular a 218 km/h en un tramo de vía limitado a 120 km/h
  • En el momento de ser identificado se le sometió a la prueba de drogas, dando resultado positivo en cocaína

15 de noviembre de 2021. Agentes de la Guardia Civil, pertenecientes al Destacamento de Tráfico de Navalmoral de la Mata (Cáceres), han investigado, por un delito contra la seguridad vial, al conductor de un turismo que fue detectado cuando circulaba, por la Autovía autonómica EX-A1, a una velocidad de 218 kilómetros por hora, en un tramo donde la velocidad máxima permitida es de 120 kilómetros por hora.

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Dentro de la constante vigilancia que se ejerce para prevenir la comisión de infracciones y delitos cometidos contra la seguridad vial, en la realización de un control de velocidad, establecido el pasado día 5 de octubre, se detectó un vehículo que circulaba por la autovía autonómica EX−A1 (Autovía del Norte de Extremadura), a una velocidad de 218 kilómetros por hora, en un tramo donde el límite máximo de la vía es de 120 kilómetros por hora.

En el momento de la identificación los agentes practicaron al conductor el correspondiente test de droga obligatorio, arrojando resultado positivo en cocaína.

El conductor, un varón de 46 años de edad y nacionalidad española, ha sido investigado y puesto a disposición del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 5 de Plasencia (Cáceres), por la supuesta comisión de un delito contra la seguridad vial, consistente en circular superando en más de 80 kilómetros por hora la velocidad permitida reglamentariamente.

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Además de la responsabilidad penal en la que pudiera haber incurrido por el delito contra la seguridad vial, el resultado positivo en el test de drogas constituye una infracción castigada con una multa de 1.000 € y la detracción de 6 puntos en su permiso de conducir

La Guardia Civil quiere concienciar a los ciudadanos en general y a los usuarios de las carreteras en particular, del peligro que generan este tipo de conductas tratándose, además, de un delito tipificado en el artículo 379 del Código Penal, el cual puede ser castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses, o multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y, en cualquier caso, con privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años

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